jueves. 25.04.2024

La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de nulidad interpuesto por Cirigliano S.A. La instancia de apelación había sido promovida luego de que el Gobierno municipal lograra dar vuelta el fallo de primera instancia. Si bien en principio la decisión de la Corte bonaerense allana el camino de recuperación del inmueble, todo indica que la empresa de la vecina ciudad de Junín, recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación

 

Breve cronología de los hechos

Cabe destacar que mediante ordenanza municipal del año 1986 se dispuso donar a Cirigliano S.A. (bajo ciertas condiciones y cargo) el inmueble ubicado en calles Carlos Gardel y Junín, en la parte posterior de la quinta donde se encuentran los depósitos municipales.

La empresa debía llevar a cabo, en un plazo de 15 meses, las mejoras necesarias y suficientes para habilitar el inmueble recibido como emprendimiento industrial. Dicho proyecto consistía en el montaje de una planta industrial de producción y/o ensamblado de productos cuya comercialización realiza en el mercado desde hace mas de medio siglo, para lo cual también se comprometió  a contratar al menos 20 personas de Chacabuco durante quince años.

Sin que la donación llegara a instrumentarse, nuevamente el HCD sancionó una ordenanza en el año 1998 mediante la cual derogó la anterior de 1986 en todos sus términos atento el incumplimiento de condiciones y cargos previstos para Cirigliano S.A.

En el año 2012 se inicia por parte del Municipio, a través del asesor letrado de entonces,Dr. Roberto Yannibelli, la demanda de desalojo, recayendo la misma en el Juzgado Civil y Comercial Nro. 3 del Dpto. Judicial de Junín.

En el año 2019 se dictó sentencia de primera instancia en la cual se rechazó la demanda de desalojo presentada por la Municipalidad, haciendo lugar a la falta de legitimación pasiva interpuesta por la demandada.-

Dicha sentencia fue apelada por el Dr. Gonzalo Villagrán, expresando agravios ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Dpto Judicial de Junín con fecha 20/08/2019 y el 12/11/2019 se logra revocar la sentencia de primera instancia, haciendo lugar a la demanda de desalojo entablada por la Municipalidad.

Ante ello, Cirigliano S A, interpuso un Recurso Extraordinario de Nulidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, que con fecha 29/12/2022 fue rechazado.

Ahora, la empresa puede jugar una última ficha ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, acción  que podría seguir dilatando la efectiva recuperación del predio oportunamente cedido.

Otro revés judicial para Cirigliano